CONSULTA PÚBLICA PREVIA A LA ELABORACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL DEL INFORME DE EVALUCIÓN DE EDIFICIOS

 
De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de ordenanza, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración

CONSULTA PÚBLICA PREVIA A LA ELABORACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL DEL INFORME DE EVALUCIÓN DE EDIFICIOS


Justificación legal y método de participación
De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de ordenanza, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Con fundamento en lo anteriormente expuesto se plantea un cauce de participación para que los potenciales destinatarios y destinatarias de esta norma puedan pronunciarse sobre la materia. Los ciudadanos y ciudadanas, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados durante 10 días hábiles desde su publicación a través de una de las siguientes opciones:
1. “Instancia general”, disponible en el siguiente enlace: https://cubasdelasagra.sedelectronica.es/info.0 y que requiere de autentificación digital para su envío.
2. O presentación de dicho modelo, de forma física, en el Registro del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra.
Especificaciones de la Ordenanza a elaborar
a) Problemas que se pretenden solucionar con la modificación de la Ordenanza municipal de títulos urbanísticos habilitantes
Con la presente Ordenanza municipal se pretende adaptar el régimen municipal para garantizar las actuaciones que se deriven en el cumplimiento de los deberes de conservación establecidos por la normativa urbanística, de las adaptaciones exigibles en cuanto a ajustes razonables en materia de accesibilidad de los inmuebles radicados en Cubas de la Sagra, así como el grado de eficiencia energética de dichos inmuebles.
b) Necesidad y oportunidad de su aprobación
El Ayuntamiento de Cubas de la Sagra ha de aprobar una Ordenanza municipal de conformidad con el Decreto 103/2016 de 24 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el informe de evaluación de los edificios en la Comunidad de Madrid y se crea el Registro Integrado Único de Informes de Evaluación de los Edificios de la Comunidad de Madrid.
c) Objetivos de la norma
La Ordenanza tiene por objeto la regular el procedimiento administrativo local para la emisión de los informes de evaluación de edificios.
d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias
De conformidad con la naturaleza de la materia, se estima necesario que la regulación de la misma tenga un carácter reglamentario, a través de una Ordenanza municipal al ser una relación ad extra.

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comunicación

Fecha Publicación: 31 / Marzo / 2022