JUZGADO DE PAZ

 
 

Documentación necesaria para la inscripción de nacimiento

- DNI de Los Padres.

- Volante de empadronamiento de Los Padres.

- Cuestionario de la declaración de nacimiento que será entregado por el Centro Sanitario.

- Certificado del Centro Sanitario, certificando que la inscripción no se promueve en el mismo.

- Libro de Familia De Los Padres.

SI LA FILIACIÓN DE LA PAREJA ES NO MATRIMONIAL

- Aportaran la misma documentación excepto el libro de familia.

- Documentación que presentaran en el Registro Civil de Navalcarnero sito en Calle Escorial nº 13, con motivo de ratificar y reconocer el nacimiento de su hijo.

- Cuando estos trámites estén resueltos, lo presentaran en su localidad, para proceder a la inscripción de nacimiento de su hijo.

 

Solicitud de Certificado de Nacimiento

¿QUÉ ES?

El certificado de nacimiento es el documento expedido por el encargado o consular correspondiente, que da fe el hecho de nacimiento, fecha en que tuvo lugar, del sexo, y en su caso, de la hora que se produjo el nacimiento y de la filiación del inscrito.

TIPO DE CERTIFICADO

Se podrán solicitar varios tipos de certificado de nacimiento. Las certificaciones pueden ser positivas o negativas:

CERTIFICADO POSITIVO O EXTRACTO: Es un resumen de la información relativa al hecho del nacimiento que consta en los archivos

LITERAL: Es una copia literal de la inscripción de nacimiento, conteniendo todos los datos relativos a la identidad y al hecho del nacimiento.

CERTIFICADO NEGATIVO: Acreditan que una persona no está inscrita.

CERTIFICADO LITERAL DE NACIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DE DNI: Es una copia de la inscripción de nacimiento, conteniendo todos los datos relativos a la identidad y al hecho del nacimiento con el sello correspondiente del DNI.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

El interés en conocer los asientos de los Registros Civiles o Consulares se presume en quien solicita la certificación. Sin embargo, no se dará publicidad sin autorización especial en los siguientes casos:

De la filiación adoptiva ( dejando a salvo la inscripción practicada de acuerdo con la Instrucción del la DGRN de 15 de febrero de 1999) o desconocida o de circunstancias que descubran tal carácter, y del cambio del apellido Expósito y otros análogos o inconvenientes. En caso de rectificación del sexo, la autorización en estos casos se concederá por el Juez encargado y sólo quienes justifiquen interés legítimo y razón fundada para pedirla. La certificación expresará el nombre del solicitante, los efectos para que se libra y la autorización expresa del Encargado. Éste en el registro directamente a su cargo, expedirá por sí mismo la certificación. De los cambios de apellidos autorizados en los supuestos de violencia de género, o cuando la urgencia de la situación lo ha requerido.

PLAZO

El plazo de recepción del certificado dependerá de la vía de entrega que haya elegido. Si hubiera optado por la remisión del certificado por correo, el plazo entre la solicitud y la recepción del mismo estará próximo a los 15 días. En las certificaciones en las que el modo de entrega elegido por el interesado fuera presencial será el propio funcionario el que le indicará a partir de que fecha puede proceder a su recogida en el mismo.

Asimismo, dicho plazo se verá interrumpido cuando se haya requerido para la ampliación o aclaración de los datos de la solicitud, hasta que no sean subsanados por el peticionario, así como cuando por problemas técnicos no sea posible recibir correctamente las peticiones solicitadas.

Certificado de Matrimonio

¿QUÉ ES?

El certificado de matrimonio es un documento oficial que acredita la celebración del matrimonio.


Existen varias modalidades:

Modalidad Extracto

Es un resumen de la información que consta en el Registro Civil relativa a la celebración del matrimonio e identidad de los contrayentes. Puede ser de dos tipos:

ORDINARIO: Es el expedido en lengua castellana para aquellas Comunidades Autónomas cuyo idioma oficial sea el castellano.

BILINGÜE: Siempre que se solicite un certificado en extracto en una Comunidad Autónoma que tenga su propio idioma oficial, será emitido en castellano y en el idioma oficial de la Comunidad Autónoma que se expida.

Modalidad Literal

Es una copia literal de la inscripción de matrimonio, conteniendo todos los datos relativos a la celebración del mismo, identidad de los contrayentes así como las anotaciones marginales que hubieran podido practicarse (régimen económico matrimonial o también denominado separación de bienes, separación, nulidad o divorcio).

 

Documentación para Solicitar Matrimonio Civil

Existen varias modalidades:

Parejas en las que el estado civil de los conyuges sea SOLTERO

- DNI de los contrayentes.

- DNI de dos testigos.

- Certificado de empadronamiento.

- Certificado literal de nacimiento.


Parejas en las que el estado civil de los cónyuges sea DIVORCIADO

- DNI de los contrayentes.

- DNI de dos testigos.

- Certificado de empadronamiento.

- Certificado literal de nacimiento.

- Certificado literal de matrimonio con sentencia de divorcio inscrita al margen


Parejas en las que el estado civil de los cónyuges sea VIUDO

- DNI de los contrayentes.

- DNI de dos testigos.

- Certificado de empadronamiento.

- Certificado literal de nacimiento.

- Certificado literal del defunción de su anterior cónyuge.

Certificado de Defunción

¿QUÉ ES?

El certificado de defunción es el documento oficial que acredita el fallecimiento de la persona.


Existen varias modalidades:

Modalidad Extracto

Es un resumen de la información relativa al hecho del fallecimiento que consta en el Registro Civil. Puede ser de dos tipos:

ORDINARIO: Es el expedido en lengua castellana para aquellas Comunidades Autónomas cuyo idioma oficial sea el castellano.

BILINGÜE: Siempre que se solicite un certificado en extracto en una Comunidad Autónoma que tenga su propio idioma oficial, será emitido en castellano y en el idioma oficial de la Comunidad Autónoma que se expida.

Modalidad Literal

Es una copia literal de la inscripción de defunción, conteniendo todos los datos relativos a la identidad del fallecido y al hecho del fallecimiento.

Modalidad Negativos

Acreditan que no está inscrito el fallecimiento de una persona en ese Registro Civil.


¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

Puede se solicitado por cualquier ciudadano que así lo requiera y tenga interés, salvo las excepciones legalmente previstas, que impiden que se dé publicidad sin autorización especial:

De la filiación adoptiva, no matrimonial o desconocida o de circunstancias que descubran tal carácter, de la fecha del matrimonio que conste en el folio de nacimiento, si aquel fuese posterior a éste o se hubiese celebrado en los 180 días anteriores al alumbramiento, y del cambio del apellido Expósito u otros análogos o inconvenientes.

De la rectificación del sexo.

De las causas de nulidad, separación o divorcio de un matrimonio o de las de privación o suspensión de la patria potestad.

De los documentos archivados, en cuanto a los extremos citados en los números anteriores o a circunstancias deshonrosas o que estén incorporadas en expediente que tenga carácter reservado.

Del legajo de abortos.


¿CÓMO SOLICITAR LAS TRES CERTIFICACIONES MENCIONADAS?

Presencial

Registro Civil de Cubas de la Sagra sito en Plaza de la Constitución nº 1 (Horario de lunes a Viernes de 9:00 a 13:00).

Por correo a la dirección arriba indicada.