RECOMENDACIONES PARA LA CIUDADANÍA SOBRE DESPLAZAMIENTOS Y ACOGIDAS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Desde el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 nos hacen llegar las siguientes recomendaciones sobre los desplazamientos y acogidas de niños, niñas y adolescentes ucranianos.
Las prioridades se deben concentran en garantizar espacios seguros para los niños, niñas y adolescentes junto con sus padres, madres u otros adultos de referencia con quien exista un vínculo cotidiano, evitando las separaciones familiares.
La respuesta social solidaria debe de ser coordinada con las instituciones competentes para asegurar en todo momento la máxima protección de los niños, niñas y adolescentes, garantizando que se cumplan todo los requisitos y medidas necesarias para mantener su protección.
Por lo que se pide a todas las entidades, organizaciones, empresas y particulares que cumplan con las siguientes medidas e indicaciones:
Informar de cualquier previsión de llegada de niños, niñas, adolescentes y adultos afectadas por el conflicto bélico a través del correo electrónico apoyo.ucrania@inclusion.gob.es o través del formulario que pueden encontrar en la web https://www.inclusion.gob.es/ucrania/index.htm .
Informar asimismo a la autoridad competente de cada comunidad autónoma de las intenciones de trasladar a menores de edad sin sus familiares o tutores legales.
Asegurar que todo niño, niña y adolescente que llegue a nuestro país sin referente adulto cuanta con un permiso legal de sus tutores o del gobierno ucraniano.
Garantizar que todos los traslados de los menores de edad se hagan por las vías oficiales y en coordinación con la autoridad competente de su comunidad autónoma.
No se posible realizar entradas de menores de edad al país sin contar con la coordinación de todas las administraciones.
El acogimiento y lugar donde van a residir los niños, niñas y adolescentes no acompañados es decisión de la autoridad competente de cada comunidad y ciudad autónoma.
En caso de que existan indicios o sospechas de riesgo o desamparo de algún menos de edad, deberá ser comunicado con carácter inmediato a la Fiscalía de Menores y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Se debe facilitar en todo momento información a los niños, niñas y adolescentes para realizar la solicitud de protección temporal.