La solicitud puede realizarse hasta el día 18 de mayo de forma telemática en la web de Correos, www.correos.es, o presencialmente en cualquier oficina postal
Ya se puede solicitar el voto por correo para las elecciones autonómicas y municipales del 28 de mayo de 2023
La solicitud puede realizarse hasta el día 18 de mayo de forma telemática en la web de Correos,
www.correos.es, o presencialmente en cualquier oficina postal
- Solicitud de voto por correo telemática
- Los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos (
www.correos.es), sin tener que acudir en persona a una oficina postal.
- Solicitud de voto en oficinas
- La solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.
En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales.
- Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, quienes enviarán a los solicitantes, a partir del 8 de mayo, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.
- El plazo de depósito del voto por correo finalizará el 24 de mayo de 2023.